Un imparcial Vista de accidente de trabajo ley federal del trabajo
Artículo 494 El patrón no estará obligado a fertilizar una cantidad viejo de la que corresponda a la incapacidad permanente total aunque se reúnan más de dos incapacidades.• Colisiones entre vehículos • Atropellos a peatones • Accidentes de motocicleta o bicicleta • Choques contra objetos fijos en la víaLa prevención y la conciencia